Fitosanitarios: OPDS multa a empresas que incumplen con la recolección de envases

Desde el  OPDS están sancionando a las empresas que adhirieron a sistemas de gestión e incumplieron reiteradamente los cronogramas y compromisos, se suman otras más de 200 pequeñas y medianas empresas fabricantes e importadoras de productos agroquímicos que no acreditan sistema de gestión alguno, lo que impide a las autoridades tener el registro total de envases comercializados.

En 2019 fueron más de 70 las empresas agroquímicas que comercializaron un poco más de 13 millones de envases de plástico (y otros materiales) en el sector productivo agropecuario de la provincia de Buenos Aires. De este volumen total, la cantidad de envases recuperados entre enero y septiembre de 2020 no alcanzó al 5%, según cifras de OPDS.  A su vez, más de 30 empresas se encuentran en falta por no haber presentado su declaración jurada anual indicando la cantidad de envases de agroquímicos puestos en el mercado provincial en 2019.

Marco Legal

La normativa promulgada en 2016 (Ley 27.279) se refiere al tratamiento de envases vacíos de “fitosanitarios” ―nombre técnico de lo que comúnmente se conoce como agroquímicos―, y establece que es responsabilidad de las empresas fabricantes e importadoras gestionar la recolección y el posterior tratamiento de los envases comercializados.

La Ley Nacional N° 27.279 es la única ley del país de “Responsabilidad Extendida del Productor”. Obliga a las empresas que venden productos fitosanitarios a organizar, operar, mantener y financiar un sistema de gestión integral de envases. Este sistema debe ser aprobado por la autoridad competente, el OPDS en el caso de la provincia de Buenos Aires. El sistema de gestión (presente en numerosos países de América Latina y el mundo) debe cumplir con los requisitos mínimos de limpieza y almacenamiento de envases establecidos en la Resolución Provincial N°505/2019.

Para cumplir con la normativa las empresas deben formular un plan de gestión integral de los envases, que incluye la construcción y administración de Centros de Almacenamiento Transitorio (CATs), donde se deben recepcionar los envases vacíos de fitosanitarios. Una vez utilizado el fitosanitario en la producción agropecuaria, los envases deben pasar por un proceso de triple lavado, perforado y acopiado en CATs, Nodos Logísticos, o ser guardados hasta que se realice una campaña de recolección en los municipios donde no hay centros de acopio cercanos.

Luego, los envases deben ser retirados por transportes habilitados para enviarse a empresas, también autorizadas, que trabajen en su adecuado tratamiento. Son los denominados “operadores”, que se ocupan de reciclar el plástico utilizándolo para la elaboración de productos (madera plástica, caños cloacales y otros) que no están prohibidos por ley. Los envases que por sus características físicas, su estado o por su utilización con diferentes sustancias no pueden ser reciclados deben ser llevados a disposición final.

El Organismo Provincial continuará con el procedimiento para notificar a las más de 200 empresas que no acreditan sistema de gestión. Es la primera vez que se notifica y sanciona a empresas fabricantes e importadoras de fitosanitarios en el territorio nacional.

De esta manera, la provincia de Buenos Aires avanza en la implementación de la ley que regula el tratamiento de los envases vacíos de estos productos, peligrosos para la salud y el ambiente.