Recicloscopio V,   de Pablo J. Schamber y Francisco M. Suárez (publicación completa)

Si bien cuando apareció la idea pensábamos que podríamos llegar a compilar más de un ejemplar, lejos estábamos hace una década de imaginar que los Recicloscopios… se volverían una serie, como lo demuestra ahora la existencia de este número v, y próximamente, el vi.

Tampoco proyectamos que las distintas contribuciones que conforman su contenido tendrían tan amplia difusión y que llegarían a servir de referencia no solo para nuevos estudios académicos, sino incluso para consulta de técnicos y funcionarios de distintos niveles y poderes, tanto en la Argentina como en otros países de la región.

Tal situación se relaciona con el lugar que fue ganando el fenómeno de los recuperadores urbanos en la sociedad en general, y en las intervenciones desde las políticas locales de gestión de residuos en particular. De hecho, hubo una notable metamorfosis, desde la casi completa ausencia de menciones al tema hace menos de dos décadas, pasando por las consideraciones iniciales cuando aparece como problema urbano al que combatir, durante el cambio de siglo, hasta su contemporánea infaltable inclusión en la agenda de las políticas públicas referidas a la gestión de los residuos. La práctica de los cartoneros y cirujas dejó de estar “invisibilizada”, para ocupar ahora un lugar de cierto privilegio “en la agenda” y convocar a agencias de cooperación internacional, bancos regionales y empresas preocupadas por mejorar el reciclado de sus residuos.

Sin embargo, ¿de qué modo están en la agenda?, ¿cuál es la consideración de la que son objeto?

La forma jurídica “cooperativa”, tanto en la Argentina como en otros países de la región, es paulatinamente reconocida y favorecida como modalidad organi- zativa colectiva que referencia al sector. No obstante, una misma denominación puede hacer alusión a formas organizativas de lo más diversas en cuanto a su desenvolvimiento cotidiano, su inserción en las políticas públicas locales y su proyección futura. Las hay conformadas por recolectores y/o ex recolectores,  y también por aquellos que nunca en su trayectoria laboral pasaron por dicha experiencia, ni la tienen en cuenta.

Están las que jamás abandonan la reivindicación y la lucha por la mejora de las condiciones de quienes se dedican a la recolección callejera, pero también las que solo se ocupan de incrementar la rentabilidad de su propio negocio. Hay miles de recolectores cuya práctica cotidiana no se ha visto afectada en lo más mínimo por la inclusión de su nombre en la agenda, a los que los beneficios que ha tenido el sector, a través de las cooperativas, no les ha llegado.

Es más, días atrás, durante una reunión en la que participábamos, el líder de una cooperativa expresó que la autoridad ambiental de la provincia de Buenos Aires, en cumplimiento de la normativa vigente, tendría que sancionar al gran generador de residuos que entregara materiales reciclables a cartoneros en forma individual y no a cooperativas ya reconocidas, como la suya. No mencionó que estas tuvieran alguna iniciativa de inclusión de tales trabajadores, porque, en efecto, no la tienen. ¿

Qué diferencia a este tipo de cooperativas de cualquier otro emprendimiento que bajo una figura jurídica distinta (sociedad de responsabilidad limitada, sociedad anónima, etcétera) brindara el mismo servicio? ¿Brinda el marco jurídico una opción para este tipo de actor social? Por momentos, formas híbridas que combinan movimientos sociales con cooperativas o asociaciones civiles, y sistemas de cogestión entre estas y organismos públicos, parecen proyectar alternativas de funcionamiento más viables e inclusivas.